
Se dispuso programa municipal de contención fiscal
El Municipio de Esquel implementa el programa de contención fiscal con beneficios para el sector comercial y contribuyentes en general
La Municipalidad de Esquel a través de la Resolución N ° 546/20, que lleva la firma del Intendente Sergio Ongarato y el Secretario Coordinador de Gestión Finanzas, Cdor. Matías Taccetta, implementará la puesta en marcha de un programa de Contención Fiscal, de carácter excepcional, con el objeto de la implementación inmediata de beneficios y facultades para el sector comercial y contribuyentes en general. La medida se debe a la difícil situación económica en general, se hace aún más compleja en el marco de la pandemia por Coronavirus.
Al respecto Taccetta especifica que la medida “establece beneficios tanto para el comerciante como los vecinos de Esquel. Implica postergaciones en cuanto a suspensiones en el cobro de los intereses. Esto es para la gente que no puede pagar hoy en día sus impuestos no sufra luego con un pago de intereses fuera del vencimiento ”.
En este sentido, contempla contemplar en un 50%, por el plazo de 90 días, la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene. “La bonificación se aplicará de oficio a todos los contribuyentes que cumplan con las condiciones establecidas en el art. 179 del Código Tributario Municipal ". Y en “un 40%, depende de la condición del contribuyente”.
Por otro lado, se aplicarán eximiciones “en varias de las tarifas que tenemos al cobro: Derechos de Inspección, Reinspección, Abasto y Veterinaria y aquellos contribuyentes directos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos que se encuentran obligados por la resolución municipal a actuar como agentes de percepción y / o retención ".
PRORROGA DE HABILITACIÓN COMERCIAL Y TASAS
También se dispone “la prórroga automática y de oficio del vencimiento de la Habilitación Comercial, cuyo vencimiento original opere o haya operado en la corriente año hasta el día 30 de junio de 2020”, dicho Taccetta.
Asimismo, el 31 de marzo de 2020 lo vencimientos de los impuestos: Inmobiliario, Automotor, Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene para pequeños contribuyentes, Cuotas de Planes de Instalaciones de Pago, Planes de Microcréditos, Plan Municipal de Veredas y otros tributos y / o según lo establecido originalmente para el mes de marzo del corriente ".
TAXIS, REMISES Y TRANSPORTE ESCOLAR
Por otro lado la resolución municipal establece "extensor por el término de un año el plazo para la renovación de las unidades habilitadas para funcionar como coches taxímetros y remises, cuya antigüedad máxima para prestar el servicio opere durante la corriente" .
Del mismo modo, "eximir durante el ejercicio 2020 el tributo que se percibe por el servicio de desinfección de vehículos que funcionan como Coche Escuela, Taxis, Remises y Transporte Escolar".
PAGOS CONTEMPLADOS EN EL CÓDIGO TRIBUTARIO
También se suspende por el término de 90 días corridos, la aplicación de Artículos 49, 50, 51 y 52 bis del Código Tributario Municipal correspondiente al pago fuera del término de las deudas de Obligaciones de dicho Código u ordenanzas especiales , así como también los anticipos, pagos a cuenta, retenciones, percepciones, cuotas de aviones de facilidades de pago, multas, intereses omitidos, etc.
Por otro lado se suspende por el término de 90 días corridos la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la gestión de todo tipo de acciones judiciales de recuperación de los apremios ya iniciados.
La resolución facultativa además al Poder Ejecutivo Municipal "conceder regímenes de regularización de deudas y / o de facilidades de pago, mediante resolución respecto de las obligaciones fiscales, por el plazo de 120 días corridos a partir de la sanción de la presente y bajo condiciones específicas" .
Asimismo, autoriza al Ejecutivo “a la firma de convenios con entidades bancarias que afectan a los contribuyentes obtener financiamiento de hasta doce cuotas sin interés y hasta treinta por ciento de descuento o reintegro”.
También a "otorgar, durante el período de 90 días, hasta el 10% de descuento a aquellos contribuyentes que abonen los tributos patrimoniales (Automotor e Inmobiliario) a través del servicio de pago telefónico".
Esta medida “se venía elaborando la semana pasada porque, veíamos que el comercio estaba sufriendo bastante y queríamos licitaciones una ayuda desde el Municipio. Seguramente habrá más complicaciones y queríamos estar colaborando con el comerciante y los vecinos en general ”, subrayó Taccetta por último.-
Municipalidad de Esquel