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FATEP

Producción / Fatep /

 

Programa de Financiamiento y Acompañamiento Técnico dirigido a Emprendedores y Pymes locales (FATEP)

Es un programa de financiamiento y acompañamiento técnico dirigido a emprendedores y Pymes locales. Tiene 2 componentes, por un lado, el financiamiento económico para inversión en determinados rubros y por el otro el acompañamiento técnico de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco para guiar al emprendedor/a en la formulación del proyecto.

Los mismos podrán ser destinados a bienes de capital, mejoramiento de infraestructura, certificaciones, tecnologías, materia prima o promoción. Los préstamos* que se otorgarán serán de hasta 3.000 módulos municipales. El monto será extensible de un 50% cuando el proyecto sea asociativo.

Puede acceder a FATEP cualquier persona residente de Esquel presentando DNI y libre de deuda municipal.

*Ventanilla permanente sujeta a la disponibilidad de fondos.

Características del FATEP

  • Financiación 100%
  • Tasa de interés: 1% mensual
  • Amortización: hasta 48 meses
  • Período de gracia: 6 meses
  • Sistema de amortización: método Francés

Los criterios de evaluación serán en base a:

  • Generación de trabajo
  • Empresa de Impacto
  • Viabilidad técnico financiera
  • Base tecnológica
  • Capacidad de sustituir importaciones
  • Porcentaje de adquisición de insumos en el mercado local
  • Comercialización en el mercado extra-local

Destinatarios

Podrán ser destinatarios las personas físicas o jurídicas, radicadas en la ciudad de Esquel, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Poseer domicilio legal en la localidad de Esquel.
  • Tener adecuadamente conceptualizada la idea base del emprendimiento y visión del negocio que el mismo implica.
  • Generar impacto en la creación de puestos de trabajo, respecto del propio emprendedor, de sus familiares o terceros.
  • Los emprendimientos deberán encontrarse habilitados y registrados con las autorizaciones municipales, provinciales y/o nacionales, según corresponda en cada caso.
  • Al momento de solicitar el crédito no poseer deudas impositivas y/o financieras municipales en situación de mora.
  • Aquellos emprendedores/PyMES que hayan cumplido con el pago total de las cuotas pactadas, podrán postularse para un nuevo préstamo, bajo los mismos requisitos nombrados anteriormente.

Destino del crédito

Los fondos solicitados por medio de este programa podrán ser aplicados a:

  1. Obtención de certificaciones provinciales y/o nacionales, pago de servicios de consultoría.
  2. Adquisición de activos físicos y bienes de capital.
  3. Mejoramiento de la infraestructura (materiales de construcción, ampliación y/o refacción de instalaciones).
  4. Incorporación de tecnología y adquisición de software.
  5. Adquisición de materia prima para poner en marcha una nueva producción o desarrollar un nuevo producto o servicio.
  6. Implementación de acciones de promoción a fines de mejorar la comercialización de los productos.

Prohibiciones

Los fondos solicitados no pueden ser utilizados para pagar deudas en forma directa. El objeto del crédito es incrementar la productividad y el agregado de valor.


Características del financiamiento

  1. El monto de cada préstamo podrá ser de hasta 3.000 (tres mil) módulos municipales.
  2. La efectivización del mismo podrá hacerse una sola vez o por tramos, de acuerdo al plan de inversiones explicitado en el proyecto de negocio aprobado.
  3. Tasa de interés: se pautará una tasa del 1% mensual que podrá ser aplicada a partir del desembolso del préstamo.
  4. Plazo de amortización: hasta 48 meses. Podrá otorgarse un plazo de gracia en este caso, el plazo de amortización será computable a partir de la finalización del período de gracia.
  5. Período de gracia: no podrá exceder de ciento ochenta días, a partir de la fecha de desembolso. Dicho período se estipulará en cada caso de acuerdo al informe de viabilidad explicitada en la formulación del proyecto.
  6. El monto total referido en el artículo 1) puede ser ampliado hasta en un 50%, cuando el emprendimiento sea de carácter asociativo.

Implementación del Programa

El programa será operado por la Municipalidad de Esquel, como autoridad de ejecución, a través de la Secretaría de Turismo y Producción. El programa funcionará como un fondo rotatorio que se sustentará con el pago de cuotas de los productores tenedores de créditos. Los fondos recuperados a través de las cuotas serán depositados en una cuenta independiente de la cuenta municipal general. Dichos fondos volverán a disposición del programa.

Se otorgarán créditos hasta el límite presupuestario. Aquellos proyectos con valoración positiva que se presentasen luego de agotar este límite, quedarán en lista de espera con orden de postulación, hasta la renovación de fondos producidos por el funcionamiento del fondo rotatorio.

La Secretaría de Hacienda deberá individualizar en el cálculo de recursos y en el presupuesto de erogaciones, las asignaciones y la ejecución de los recursos y los gastos correspondientes al Programa, contemplando todas las fuentes de financiamiento.

La Secretaría de Hacienda deberá garantizar la disponibilidad de recursos del Programa y enviar mensualmente a la UCE el estado de evolución del crédito originado a partir de la puesta en funcionamiento del Programa y de su ejecución, con el mayor nivel de análisis de los recursos y erogaciones, con individualización específica del recurso ya sea de libre disponibilidad o afectado, como así también el recupero de los préstamos otorgados.


Inscripción, Evaluación, Ejecución y Aplicación

  1. La Secretaría de Turismo y Producción recibirá las solicitudes, verificando que se cumplan los requisitos establecidos en este REGLAMENTO. La solicitud se iniciará mediante la presentación del FORMULARIO tipo (anexo II).
  2. Inscripción al programa: La inscripción al programa se formalizará mediante entrevistas con el equipo técnico de profesionales dependientes de la Secretaría de Turismo y Producción, de la Secretaría de Hacienda, y en caso de requerirse de la Dirección de Asesoría Legal, quienes evaluarán la admisión al mismo de acuerdo a los requisitos establecidos en este reglamento.
  3. Taller de capacitación: Tiene por finalidad ofrecer, en caso de ser requeridas, herramientas teórico practicas para formular e implementar proyectos. El eje temático versará sobre temáticas relacionadas con plan de negocios.
  4. Presentación y Evaluación:
    • i. Los postulantes deberán presentar los proyectos formulados para ser evaluados por el equipo técnico.
    • ii. El equipo técnico deberá evaluar la consistencia del proyecto en función de los siguientes ítems:
      • Creación de mayor número de puestos de trabajo. Calidad y durabilidad. Generación de puestos de trabajo indirectos.
      • Viabilidad económica-financiera.
      • Empresas de impacto: aquellas que puedan generar un impacto, además de económico, en los siguientes ámbitos: -ambiental: sostenibilidad ecológica del proyecto (uso de tecnologías limpias, eficiencia energética, gestión de residuos y packaging ecológico). -social: sectores sociales involucrados (personas con discapacidad, mujeres, disidencias, adultos mayores, jóvenes de 18 a 24 años).
      • Empresas de base tecnológica.
      • Porcentaje de adquisición de insumos en el mercado local.
      • Comercialización en el mercado extra- regional.
      • Capacidad de sustituir importaciones.
      • Grado de cumplimiento tributario ante el Fisco Municipal del solicitante.
    • iii. Cumplimiento de los requisitos del presente reglamento.
  5. Aprobación: Cumplimentada la etapa anterior, los proyectos evaluados pasarán a la etapa de aprobación económica/presupuestaria por parte de la Secretaría de Hacienda Municipal.
  6. Una vez aprobado el crédito procederá a su instrumentación: Confección y suscripción del contrato de préstamo, confección del pagaré correspondiente, planilla de efectivización de pagos y resolución de pago correspondiente.
  7. La Secretaría de Hacienda registrará los pagos de devolución efectuados por los deudores en la cuenta bancaria.
  8. La Secretaría de Turismo y Producción realizará el seguimiento de la ejecución de cada proyecto: Se implementará el monitoreo de los emprendimientos en ejecución, con el objeto de evaluar el desarrollo de los mismos. Asimismo, se brindará asistencia técnico-profesional continua durante 12 meses, propendiendo a maximizar el potencial del emprendimiento productivo y mejorar su inserción en el mercado. Asimismo, se verificará a través del seguimiento que los fondos hayan sido aplicados tal cual lo solicitado en el proyecto. Para ello el emprendedor deberá presentar las facturas de compras de bienes o servicios solicitados en el proyecto. En caso de considerar que un emprendedor favorecido con un crédito se encuentre en mora, podrá intimar al beneficiario mediante nota formal informándole su situación y fijando un plazo para regularizar su situación.
  9. Una vez vencidos los plazos, la Secretaría de Turismo y Producción y/o la Secretaría de Hacienda podrán remitir la documentación a la Dirección de Asesoría Legal para que continúe con el cobro por las vías legales. Para el cumplimiento de las tareas indicadas en los precedentes se podrán hacer convenios con la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco y/o acuerdos de colaboración con colegios/consejos profesionales de la ciudad, asociaciones profesionales y/o empresariales y/o sectoriales u organizaciones vinculadas con el ecosistema emprendedor local, interesadas en brindar asistencia técnica. El programa a través de la Secretaría de Turismo y Producción, podrá celebrar tales convenios y/o seleccionar al personal indicado precedentemente.

Obligaciones del beneficiario

El beneficiario de un crédito deberá:

  • Ejecutar el proyecto de acuerdo a lo establecido en la solicitud del crédito y al contrato suscripto, no pudiendo redestinar el crédito hacia otros bienes o servicios no detallados en el proyecto evaluado y aprobado.
  • Deberá presentar las facturas de las inversiones en bienes o servicios ante la autoridad de Ejecución y aplicación.
  • Deberá presentar documentación y/o permitir el acceso a su emprendimiento a cualquier agente que se presente en representación de la Secretaría de Turismo y Producción para realizar controles respecto de la inversión.

Incumplimiento

En los casos de incumplimiento, de la devolución del préstamo al programa, en el plazo otorgado, los profesionales a cargo del seguimiento, elevarán un informe de situación (Técnico -económico -social) a la Secretaría de Turismo y Producción, que evaluará y propondrá, de ser conducente, cursos de acción posibles a la Secretaría de Hacienda para que resuelva en consecuencia. Entre las acciones se podrá otorgar un nuevo plan de pago por el saldo impago hasta 48 cuotas con el mismo interés establecido en el inc 2) del presente artículo, en los casos que según el seguimiento realizado lo amerite.
Los casos de incumplimiento requerirán la aplicación de la normativa especificada en el Convenio se le impedirá obtener libre deuda municipal, no podrá ser beneficiado con otra ayuda económica o tributaria y no podrá presentarse como proveedor Municipal.

El incumplimiento del destino de los fondos previstos en la solicitud, como asimismo la falta de pago de cuatro (4) cuotas consecutivas y/o alternadas algunas de las cuotas correspondientes, habilitará a la PEM a tener por decaídos los plazos pactados y reclamar el reintegro de los montos adeudados.


Marco Legal

#Ordenanza Nº 165/2021 - CREACIÓN DEL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO TÉCNICO PARA EMPRENDEDORES Y PYMES LOCALES


Contacto Oficina de Producción:

Perito Moreno 461, Esquel
Horario de atención: de 07:30 a 12:30 horas
produccionesquel@gmail.com

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